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Quintero y Puchuncaví: la vigilancia sanitaria parte en la consulta

Con «entre 2 o 4 casos» T59 notificados, la Seremi de Salud activa su protocolo en Quintero y Puchuncaví: qué registra la red, a quién avisa y qué sigue.

13 min de lectura

En Quintero y Puchuncaví, la vigilancia de la salud parte en la consulta y no en la estación de monitoreo: el protocolo que la Seremi de Salud de Valparaíso aprobó el 2 de agosto de 2024 se activa cuando la red notifica «entre 2 o 4 casos» con diagnóstico T59 que puedan vincularse a un evento de contaminación atmosférica. En 2025, el decreto de alerta sanitaria contó 371 consultas por sintomatología asociada a eventos ambientales hasta el 7 de octubre, principalmente de niños, niñas y adolescentes en etapa escolar. Para un centro de salud, lo que registra y la rapidez con que lo notifica son datos de salud pública.

Puntos clave
  • El protocolo de la Seremi de Salud (Diario Oficial, 23 de agosto de 2024) se activa con «entre 2 o 4 casos» T59 notificados por la red.
  • La gestión de episodios críticos tiene dos puertas: el pronóstico de mala ventilación, que el decreto llama preventivo, y el aumento de atenciones en salud, que llama reactivo.
  • Las consultas llegan en oleadas: 511 en mayo de 2024 y 137 solo entre el 1 y el 7 de octubre de 2025, según los decretos de alerta sanitaria.
  • Los episodios de SO2 sobre norma bajaron de 173 en 2018 a 2 en 2025, pero el decreto 39/2023 reconoce que bajar emisiones no descarta eventos breves.
  • Codificar con un criterio común, notificar de inmediato y dar seguimiento a cada persona atendida es un estándar que cualquier centro puede adoptar.

Con 2 a 4 casos T59, un centro de la red ya debe avisar a la Seremi

El protocolo de notificación por aumento de atenciones de salud responde al decreto 39/2023, que dio tres meses a la autoridad sanitaria para dictarlo. Se aprobó por la resolución exenta CP 14.798, del 2 de agosto de 2024, y el Diario Oficial lo publicó el 23 de agosto. Rige para Concón, Quintero y Puchuncaví y lista a las Seremis, la Superintendencia del Medio Ambiente, la red del Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota y las tres municipalidades; no nombra a prestadores privados.

La puerta de entrada es un código. Los equipos clasifican a quien consulta con el diagnóstico CIE-10 T59, «efecto tóxico de otros gases, humos y vapores», o T65, «efecto tóxico de otras sustancias y las no especificadas». El protocolo se pone en marcha con «entre 2 o 4 casos» que puedan vincularse a un evento de contaminación atmosférica; su nota al pie define brote como dos o más casos con nexo epidemiológico.

Desde ese umbral, el delegado o delegada de epidemiología de cada centro debe informar a la Seremi los casos sospechosos y después notificar las atenciones, por una vía que el texto define como inmediata: la plataforma del MINSAL, el teléfono o el correo. Lo más útil para el diseño del sistema es lo que el protocolo no exige. Define el evento ambiental como un aumento de atenciones con T59 «independiente si se encuentra o no identificado el origen de las emisiones»: vigila el efecto y no la fuente, y deja la atribución de causas a la evaluación sanitario-ambiental de la Seremi.

Circuito del protocolo de notificación en Concón, Quintero y Puchuncaví, agosto de 2024
El circuito parte en una atención clínica con código T59, no en una medición de aire
Paso
Quién actúa
Qué se registra o se decide
1. Alerta
Equipos municipales de salud, emergencias o educación
Aviso a la Seremi de Salud de casos sospechosos
2. Atención y notificación
Centros de la red asistencial, con su delegado/a de epidemiología
Atenciones con T59 o T65, por la plataforma del MINSAL, teléfono o correo
3. Verificación
Oficina Sanitaria Ambiental de la Seremi de Salud
Evolución del número de casos y evaluación sanitario-ambiental en el lugar
4. Datos ambientales
Seremi del Medio Ambiente y Superintendencia
Información ambiental requerida para el análisis
5. Oficio y minuta
Seremi de Salud, hacia la Delegación Presidencial Regional
Afectados, atendidos, T59 y otros diagnósticos; minuta con seguimiento epidemiológico
Fuente: Seremi de Salud Región de Valparaíso, Resolución exenta CP 14.798 de 2024, protocolo publicado en el Diario Oficial el 23 de agosto de 2024; elaboración de Arbol

Dos puertas activan la gestión de episodios: el aire y la consulta

El plan vigente, el decreto 105 de 2018, publicado el 30 de marzo de 2019, responde a la declaración de las tres comunas como zona saturada por material particulado fino (MP2,5) anual en 2015. Su gestión de episodios críticos la coordina el Delegado Presidencial Regional con apoyo de la Seremi del Medio Ambiente, y el artículo 47, modificado por el decreto 39/2023 (Diario Oficial del 18 de marzo de 2024), la habilita por dos vías: el pronóstico de mala ventilación, todos los días del año entre las 00:00 y las 08:00, o un aumento de atenciones en centros de salud que pudiera asociarse a emisiones, previo informe de la Seremi de Salud.

El propio decreto atribuye a la primera vía un «carácter preventivo» y a la segunda un «carácter reactivo». La segunda existe porque, según sus considerandos, los episodios críticos «no necesariamente tendrán una disminución proporcional conforme disminuyan las emisiones»: bajarlas «no asegura la no ocurrencia de eventos de corta duración asociados a emisiones del tipo puff».

Episodios de dióxido de azufre (SO2) sobre norma en la red de Concón, Quintero y Puchuncaví
Los episodios de SO2 sobre norma bajaron de 173 en 2018 a 2 en 2025
Los episodios de SO2 sobre norma bajaron de 173 en 2018 a 2 en 2025173201810820193620203520211820221120230202422025
Fuente: Ministerio del Medio Ambiente, Seremi de la Región de Valparaíso, Informe de Gestión de Episodios Críticos 2025 (enero de 2026)

Las mediciones reguladas mejoraron. El informe de gestión de episodios críticos de 2025 registra dos episodios de SO2 sobre norma en el año, frente a 173 en 2018, y ninguna emergencia por MP10 ni MP2,5. Además, la Seremi del Medio Ambiente informó el 8 de septiembre de 2026 que en lo que iba del año no se habían registrado niveles de alerta en los parámetros normados. Pero no todo tiene norma: de los compuestos orgánicos volátiles solo está regulado el benceno, y en 2023 la Corte Suprema instruyó fijar un plazo máximo de tres años para una norma primaria de esos compuestos.

Por eso las dos lecturas pueden diferir en un mismo período. El 4 de mayo de 2026, tras «los últimos eventos de afectación por olores en establecimientos educacionales», la Seremi del Medio Ambiente descartó una emergencia ambiental «de acuerdo a la normativa vigente». No es una contradicción: miden cosas distintas. El protocolo sanitario prevé que, aunque las estaciones no muestren alteraciones, un evento que supere la capacidad local, cuando «no se puede entregar atención clínica oportuna a los afectados», se comunique a los organismos regionales y nacionales.

Las consultas llegan en oleadas: 137 en solo siete días de 2025

Las cifras oficiales más recientes de consultas por eventos ambientales están en los decretos de alerta sanitaria. El decreto 30 de 2024 cuenta 652 entre marzo y junio de ese año, 511 de ellas en mayo; el decreto 42 de 2025 suma 371 hasta el 7 de octubre, con 142 en septiembre y 137 entre el 1 y el 7 de octubre. En siete días hubo casi tantas consultas como en todo septiembre.

Consultas por sintomatología asociada a eventos ambientales, según los decretos de alerta sanitaria
Una ola de consultas puede concentrarse en días: 137 entre el 1 y el 7 de octubre de 2025
2024 (decreto 30, de 25 de julio de 2024)2025 (decreto 42, de 8 de octubre de 2025)
Una ola de consultas puede concentrarse en días: 137 entre el 1 y el 7 de octubre de 2025Marzo de 202426Abril de 202438Mayo de 2024511Junio de 202477Marzo de 202531Abril de 202525Mayo de 202534Agosto de 20252Septiembre de 2025142Del 1 al 7 de octubre de 2025137
Fuente: Ministerio de Salud, decretos de alerta sanitaria N° 30 de 2024 y N° 42 de 2025 (considerandos); los meses sin cifra no fueron informados

Para la operación, lo central es que la demanda se concentra y no se puede anticipar. Ambos decretos advierten que estos episodios afectan «la capacidad de respuesta de la red asistencial», y por eso la alerta da a la Seremi de Salud facultades para contratar personal, comprar sin licitación y fijar trabajos extraordinarios. También dispone que otras entidades públicas o privadas colaboren con lo que la Seremi requiera; en el caso de las privadas, conforme a los convenios que se celebren con ellas.

La red local trabaja con atención escalonada, colegios y seguimiento

Qué hace un hospital en un episodio lo describió el Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota. En junio de 2023, la dirección del Hospital Adriana Cousiño de Quintero explicó que sus equipos acuden a los colegios, con «atenciones simultáneas hasta dos a tres establecimientos», y que aplican un plan escalonado: quien requiere más atención va a la urgencia, después se abre la atención primaria y los casos graves se derivan dentro de la red.

La respuesta incluyó turnos de enfermería de refuerzo en urgencia, duplas psicosociales para las comunidades educativas afectadas y un equipo de epidemiología con un médico, dos técnicos en enfermería (TENS), un enfermero y dos psicólogos. El seguimiento de las personas con síntomas lo hacen las unidades de epidemiología de la Seremi y del hospital, con derivación a pediatría, neurología, salud mental o atención primaria según el caso.

En una nota del 3 de agosto de 2026, el Servicio de Salud describe los avances de la Mesa de Salud Ambiental, que reúne desde hace más de dos años al hospital, la atención primaria de las tres comunas y la Seremi: protocolos de trabajo conjunto, capacitaciones, estrategias de atención escalonada, un protocolo de actuación local y otro de seguimiento de casos, y avances en la ficha clínica electrónica «para obtener datos en tiempo real». La seguridad de quienes salen al territorio y los «indicadores de resultados» figuran como tareas en curso.

En 2025, dentro del Programa para la Recuperación Ambiental y Social, las Seremis del Medio Ambiente y de Salud completaron una capacitación en primera ayuda psicológica y autocuidado para 1.150 integrantes de comunidades educativas, del hospital, de la salud municipal y de emergencias, y la Seremi de Salud capacitó además a 199 docentes, asistentes de la educación y estudiantes de tres colegios de Quintero. Otra emergencia de la misma región tiene su propio balance en salud mental: lo que la red aprendió tras el megaincendio de Valparaíso.

La Corte Suprema pidió catastro de patologías y vigilancia sanitaria

La exigencia de registrar también viene del Poder Judicial. En su sentencia del 28 de mayo de 2019 (rol 5.888-2019), la Corte Suprema instruyó medidas a las autoridades de la zona, y el 26 de mayo de 2023, al ordenar complementar el plan de descontaminación, retomó una de ellas: el plan de contingencia debe contener «un catastro de las patologías recurrentes en la población y causadas por la contaminación, unido al seguimiento de cada cuadro y la implementación de un mecanismo de vigilancia sanitaria».

La resolución conjunta de 2023 agregó un estándar de respuesta: que la Superintendencia del Medio Ambiente y la Seremi de Salud atiendan los requerimientos y denuncias de la población afectada «con prontitud, proactividad y eficiencia». Aplicado a un centro de salud, eso se traduce en plazos de contacto medibles.

Mientras el plan se actualiza, la vigilancia descansa en lo que ya existe. Una capa es episódica: las atenciones notificadas. La otra es de largo plazo: según el decreto 42, el Departamento de Epidemiología del MINSAL, con datos del Departamento de Estadísticas e Información de Salud, determinó que el riesgo de enfermar y egresar por ciertas patologías asociadas a contaminación ambiental es mayor en la población de Quintero y Puchuncaví que en el resto del país.

Qué puede adoptar tu centro: registrar, avisar, contactar y medir

El protocolo rige solo en tres comunas, pero su diseño sirve a cualquier centro que atienda a población expuesta a episodios ambientales: una definición de caso, una persona responsable y una vía de aviso inmediata. Si tu centro es privado y atiende en la zona, el protocolo no lo nombra; el decreto de alerta remite a convenios con entidades privadas, y conviene preguntar a la Seremi de Salud cómo coordinarse. La comunicación con la comunidad la lidera el plan comunicacional del Delegado Presidencial Regional; al centro le toca responder con esa misma versión.

Lo difícil no es la notificación, un cuadro de cuatro números, sino lo que viene después: cada persona atendida requiere seguimiento, cada familia pregunta y cada cifra tiene que poder defenderse. En los documentos que revisamos no figuran dos indicadores que un centro puede medir por su cuenta: el plazo entre la primera consulta y el aviso, y la proporción de personas atendidas que recibió seguimiento.

Lista de verificación
Seis prácticas del circuito público que cualquier centro puede adoptar
  • Nombrar un delegado/a de epidemiología y su suplenteEl protocolo parte de una persona responsable por centro y de una ficha de enlaces con titulares y suplentes; sin nombres, el aviso depende del turno.
  • Registrar con una definición de caso comúnT59 o T65, con el mismo criterio en urgencia y en atención primaria, permite comparar episodios y notificar sin reconstruir datos.
  • Contar siempre cuatro númerosAfectados, atendidos, con T59 y con otros diagnósticos: es el cuadro que la Seremi de Salud envía a la Delegación Presidencial.
  • Dejar rastro de cada contacto de seguimientoFecha, canal, motivo y resultado de cada llamada o mensaje, con consentimiento: la Corte Suprema pidió el seguimiento de cada cuadro.
  • Responder a las familias con una sola versión oficialCalidad del aire en el portal del Ministerio del Medio Ambiente y dudas clínicas al equipo de salud; sin consejo clínico en recepción ni en canales automáticos.
  • Medir plazos y resultados del seguimientoPersonas contactadas, plazo hasta el primer contacto y derivaciones: los «indicadores de resultados» que la propia red local dice necesitar.
Fuente: Elaboración de Arbol a partir del protocolo de la Seremi de Salud (2024), los decretos de alerta sanitaria y la Corte Suprema (2023)

Seguimiento rastreable significa que cada llamada o mensaje queda con fecha, canal, motivo y resultado, que el contacto se hace con propósito clínico y consentimiento y que la conversación queda grabada o transcrita para poder revisarla. Las preguntas de las familias tampoco esperan el horario de oficina: quién contesta fuera de horario forma parte del diseño. Ese principio, contacto activo, rastreable y medido, es el que Arbol propone para los centros de salud de Chile, y Quintero y Puchuncaví lo vuelven evidente porque allí el registro de cada atención es parte de un circuito público.

Aviso. Este contenido tiene fines informativos y educativos. No sustituye el diagnóstico, el tratamiento ni el consejo de un profesional de la salud calificado. Ante cualquier duda, síntoma o decisión sobre tu salud, consulta a tu médico o a la institución de salud correspondiente.

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