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Patologías GES: cómo activar tu garantía y qué hacer si vence el plazo

Las 90 patologías GES del Decreto 29: cómo activar tu garantía con Fonasa o Isapre, qué plazo corre y cómo reclamar paso a paso si se vence.

10 min de lectura

Para activar una garantía GES, un profesional debe sospechar o confirmar una de las 90 patologías GES del Decreto 29 de 2025 y entregarte el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES; desde ahí te atiendes en la red de Fonasa o de tu Isapre. Si el plazo vence, tienes 30 días para reclamar ante tu seguro, que debe designar otro prestador antes del segundo día hábil. Si tampoco cumple, tienes 15 días para acudir a la Superintendencia de Salud.

Puntos clave
  • El Decreto 29 de 2025 rige desde el 1 de diciembre de 2025 por tres años, con prórroga automática hasta el siguiente decreto, y garantiza 90 problemas de salud.
  • Las garantías solo valen en la red GES de tu seguro. En la red pública Fonasa cubre el valor total; en Isapre el copago es el 20 % del arancel.
  • Si el plazo vence, reclamas dentro de 30 días en Fonasa o tu Isapre: designan otro prestador en dos días hábiles, que tiene 10 días para atenderte.
  • Si tampoco cumplen, tienes 15 días para acudir a la Superintendencia de Salud, que designa un tercer prestador con 5 días para atenderte.

Las 90 patologías GES vigentes dan cuatro garantías por ley

El Decreto Supremo 29, firmado el 30 de mayo de 2025, aprobó las Garantías Explícitas en Salud que rigen desde el 1 de diciembre de 2025 por tres años, con prórroga automática hasta que entre en vigencia el siguiente decreto. Reemplazó al Decreto 72 de 2022.

Según el Ministerio de Salud, sumó tres problemas hasta llegar a 90: el tratamiento tras el alta por cirrosis hepática, la hospitalización de menores de 15 años con depresión grave refractaria o psicótica con riesgo suicida y la cesación del consumo de tabaco desde los 25 años.

La Ley 19.966 define las cuatro garantías de cada problema:

  • Acceso: Fonasa y las Isapres deben asegurar las prestaciones garantizadas.
  • Oportunidad: hay un plazo máximo para recibirlas.
  • Protección financiera: tu aporte es el 20 % del arancel de referencia, salvo la cobertura mayor de Fonasa.
  • Calidad: las entrega un prestador registrado o acreditado en la Superintendencia de Salud.

La ley las declara «constitutivas de derechos»: puedes exigirlas ante Fonasa o tu Isapre y ante la Superintendencia. Entre julio de 2005 y junio de 2026 se registraron 62.554.296 casos GES (casos, no personas, con datos provisionales), según la Superintendencia de Salud.

Activa tu GES en cinco pasos, con el formulario en la mano

El derecho nace cuando un profesional de la red sospecha o confirma el problema, pero se ejerce solo si lo activas:

  1. 1
    Pide que te digan si tu problema es GES

    Un profesional de la red debe sospechar o confirmar el diagnóstico, y tú debes cumplir los criterios de esa patología, como la edad.

  2. 2
    Recibe el Formulario de Constancia

    Va en dos ejemplares, firmado por el prestador y por ti o tu representante, con el día y la hora de la notificación. Una copia es tuya.

  3. 3
    Entra por la puerta de tu seguro

    En Fonasa, tu Cesfam u otro establecimiento de la red pública. En Isapre, pides la activación en su aplicación o en una sucursal.

  4. 4
    Acepta el prestador que te designan

    La Isapre responde en dos días hábiles con la solicitud aprobada, tu aceptación de la derivación y la cartilla de tu patología.

  5. 5
    Atiéndete solo en esa red y anota las fechas

    Fuera de ella no rigen las garantías: cuenta la libre elección de Fonasa o tu plan complementario.

Tres precisiones. Si hay sospecha y el problema incluye una prestación para esa etapa, la garantía vale tanto si se confirma como si se descarta, según el decreto. Si te diagnosticó un profesional fuera de la red, en Fonasa puedes ingresar a la red para hacer efectivas tus garantías, y en Isapre la institución no puede exigirte repetir la consulta ni los exámenes cuando el profesional está registrado en la Superintendencia y tienes su indicación.

Si te atienden en un centro privado, con o sin convenio, y sospechan o confirman un problema GES, Fonasa indica que debes presentar el formulario en el consultorio donde estás inscrito. En una urgencia certificada por el servicio de urgencia, el decreto exceptúa el paso previo por atención primaria. Qué pueden pedirte al ingresar por urgencia lo explicamos en Cheque o pagaré en la urgencia: qué prohíbe la ley y cómo reclamar.

Tu plazo exacto sale del decreto, por patología y por etapa

El artículo 3 del decreto fija, para cada problema, quién tiene acceso, en cuánto tiempo y con qué copago. Para la hipertensión arterial primaria en personas de 15 años y más (problema 21), la confirmación debe hacerse dentro de 45 días desde la sospecha, el tratamiento debe iniciarse dentro de las 24 horas desde la confirmación y la atención por especialista, dentro de 45 días según indicación médica.

Los plazos son de días corridos, salvo que el decreto diga «hábiles». Si el vencimiento cae en sábado, domingo o festivo, pasa al siguiente día hábil, salvo urgencia o emergencia. Ejemplo con números redondos: si tu sospecha se registra el día 0, la confirmación vence el día 45 y desde ahí cuentas 30 días para reclamar, es decir, hasta el día 75.

Para ver dónde estás, el trámite que ChileAtiende describe con información de Fonasa pide entrar al sitio de Fonasa con tu ClaveÚnica, ir a «Mis Trámites» y elegir «Consulta garantía AUGE», o consultar en una sucursal. Cada garantía aparece con uno de estos estados:

  • Vigente: aún no se realizó, pero está dentro del plazo legal.
  • Cumplida: se realizó dentro del plazo.
  • Exceptuada: no se pudo realizar por fuerza mayor, como el estado de salud.
  • Retrasada: al revisarla, no se había registrado ni realizado.
  • Incumplida: no se realizó dentro del plazo legal.

En Isapre, tu referencia es la cartilla de tu patología y la fecha de respuesta que te informan. Si tu espera no es GES, el cálculo cambia: así se lee GES y No GES sin mezclarlos. El plazo tampoco se considera incumplido si hay fuerza mayor, caso fortuito o una causa imputable a ti, pero eso debe acreditarlo Fonasa o la Isapre, no tú.

Fonasa e Isapre: otra puerta de entrada y otro copago

La garantía es la misma, pero el camino y el costo cambian según tu seguro.

Fonasa Isapre
Puerta de entrada Cesfam donde estás inscrito, hospital u otro establecimiento de la red pública Tu Isapre: activas el GES en su aplicación o en una sucursal
Dónde te atiendes En la red de prestadores de Fonasa En la red GES que te designa tu Isapre
Si te atiendes fuera Rige la libre elección, no las garantías Rige tu plan complementario, en forma parcial o total
Copago GES $0: Fonasa cubre el valor total en los grupos A, B, C y D 20 % del arancel; sobre un deducible de 29 cotizaciones mensuales por evento (máximo 122 UF) la Isapre financia el 100 % de los copagos
Quién designa el prestador si vence el plazo Fonasa Tu Isapre

Fuente: Decreto 29 de 2025; Fonasa; Superintendencia de Salud.

Si en Isapre hay más de un evento en 12 meses, el deducible conjunto es de 43 cotizaciones mensuales, con un máximo de 181 UF. Ejemplo del decreto: la confirmación de una hipertensión tiene un arancel de $10.170 y un copago de 20 %, $2.030; el tratamiento mensual de nivel primario, $4.340 de arancel y $870 de copago. En Fonasa, en la red, ese copago es $0.

En Isapre, la renuncia parcial al GES debe manifestarse expresamente y puedes retractarte mientras haya una etapa pendiente, sin efecto retroactivo. Además, la Isapre no puede excluir un problema GES por ser preexistente aunque no lo hayas declarado.

Si el plazo GES vence, reclama en dos instancias y con fechas

El procedimiento está en el artículo 12 del decreto, y la Superintendencia lo resume en su página de orientación. Sigue este orden:

  1. Reclama en Fonasa o en tu Isapre, hasta 30 días después de vencido el plazo. Puedes ir tú o una tercera persona, y también por teléfono o por la plataforma web del seguro. Si nunca te notificaron como paciente GES, ese tope no se aplica.
  2. El seguro designa un nuevo prestador antes del segundo día hábil, con características similares al original.
  3. El nuevo prestador tiene 10 días desde la designación para atenderte, o el plazo original si era menor.
  4. Si no designan prestador o no cumple, acude a la Superintendencia de Salud hasta 15 días después del plazo del paso 2 o del paso 3. Puedes ir a Alameda 1449, Torre 2, Santiago (Metro La Moneda) o a sus agencias regionales, o llamar al 600 836 9000, según su comunicado de octubre de 2026; el decreto admite también la vía telefónica y la plataforma web.
  5. La Superintendencia designa un tercer prestador antes del segundo día hábil, que tiene 5 días desde la designación para otorgar la prestación.

Todo lo que se atienda en este proceso lo financian Fonasa o la Isapre sin cambiar tu copago. Hay dos matices entre fuentes oficiales: la página de orientación de la Superintendencia habla de «dos días» para designar y cuenta los 5 días del tercer prestador desde tu reclamo, mientras que el decreto dice «segundo día hábil» y los cuenta desde la designación. Ante la duda, pide por escrito la fecha de cada designación.

Si reclamas después de los 30 días, ChileAtiende informa que Fonasa resolverá tu solicitud en 15 días hábiles. Si Fonasa no responde o su respuesta no te satisface, puedes insistir ante la Superintendencia.

Guarda seis pruebas desde el primer día

Los plazos de un reclamo se cuentan desde fechas concretas, y un «yo avisé» sin respaldo pesa poco. Guarda desde la primera atención:

Lo que conviene guardar
Seis pruebas que sostienen tu reclamo GES
  • Tu copia del Formulario de Constancia de Información al Paciente GES.Lleva el día y la hora de la notificación. Si nunca te notificaron, el tope de 30 días para reclamar no se aplica.
  • La solicitud aprobada, tu aceptación de la derivación y la cartilla de la Isapre.Muestran qué prestador te designaron y qué copagos te informaron. En Fonasa, anota el establecimiento que te indicaron.
  • Los correos de cada gestión con tu Isapre.La Isapre debe enviar cada documento de la activación al correo que informaste, y la transcripción si activaste por teléfono.
  • Órdenes, recetas e indicaciones médicas.El decreto garantiza las prestaciones debidamente prescritas por el profesional que corresponda.
  • Una captura de tu estado de garantía, con fecha.Fonasa la muestra como vigente, cumplida, exceptuada, retrasada o incumplida, con el plazo máximo de atención.
  • El comprobante de cada reclamo y de cada copago.Los plazos de 30 días, dos días hábiles, 10 días, 15 días y 5 días se cuentan desde fechas que debes poder demostrar.
Fuente: Decreto 29 de 2025 (Diario Oficial, 16 de enero de 2026); Superintendencia de Salud, Compendio de Normas Administrativas en materia de Beneficios; Fonasa y ChileAtiende

El plazo corre aunque nadie te llame

Los plazos se cuentan desde la sospecha o la confirmación, no desde que alguien te contacta. Por eso conviene dejar en el formulario un teléfono y un correo vigentes, pues el Compendio de la Superintendencia exige que traiga los datos necesarios para contactarte y hacerte seguimiento, y contestar a tu Cesfam, clínica o Isapre cuando te llaman.

Cuando el plazo se pierde por una llamada que nadie hizo o nadie contestó, el problema es operativo. Ese contacto es lo que en Arbol trabajamos con instituciones de salud en Chile, y su lógica está en GES y oportunidad: el contacto que evita el incumplimiento.

Aviso. Este contenido tiene fines informativos y educativos. No sustituye el diagnóstico, el tratamiento ni el consejo de un profesional de la salud calificado. Ante cualquier duda, síntoma o decisión sobre tu salud, consulta a tu médico o a la institución de salud correspondiente.

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