«Previo, irrefutable y expreso»: la exigencia panameña
La Ley 81 de 2019 clasifica los datos de salud como sensibles y establece que, cuando el consentimiento se refiere a ese tipo de datos, debe ser previo, irrefutable y expreso. No alcanza con una política publicada en el sitio ni con una aceptación tácita.
En una operación telefónica eso se traduce en algo concreto: la persona tiene que ser informada al inicio y su aceptación tiene que quedar registrada. Es exactamente lo que hace el aviso de la primera frase.
Ley 81 de 2019 · datos sensibles ↗